miércoles, 23 de octubre de 2013

Las doctrinas, a los catecismos

Tribunal de Estrasburgo
Un país se levanta, izando la bandera de una santa indignación, contra la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que ordena dejar de aplicar la llamada doctrina Parot. Cincuenta años de asesinatos, algunos indiscriminados, tanta sangre y tanto dolor, hacen extensivo ese cabreo, tanto que no parece humano quien no lo comparta. Pero en estos días de justo enfado se nos olvidan algunas cosas importantes; entre las que se refieren al tribunal de Estrasburgo, que una decisión profundamente injusta como ésta puede ser escrupulosamente legal; entre las que nos afectan a nosotros, nuestros jueces y gobernantes ¿y si la norma estuviera equivocada? En primer lugar a todos se nos pasó la clara inconstitucionalidad de la retroactividad con que se ha estado aplicando la doctrina Parot, que choca con el artículo 9.3 de la vigente Carta Magna -La Constitución garantiza (..) la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales-. Es sabido que cuando entre la comisión de un delito y su juicio media un cambio de las normas -el Código Penal en estos casos- se aplica la más favorable al reo. Era lógico y razonable que, manteniendo un límite a las estancias en prisión - los treinta años de antes y los cuarenta de ahora son razonablemente duros-, las remisiones de tiempo y los beneficios penitenciarios se resten al total de la condena y no a esos límites, poniendo fin a esa tarifa plana que castigaba igual un crimen que veinte. Pero un motivo que hacía insostenible la doctrina Parot era precisamente su condición de doctrina, es decir, de práctica que tiende a ser consuetudinaria. No, su espíritu y sus justos objetivos debían plasmarse , explicitamente y por escrito,en las propias normas.



Atentado a la casa cuartel de Zaragoza, 1987
Por último lo más absurdo de dicha doctrina es su aplicación a unos casos excepcionales y no a todo tipo de convictos. En una democracia no se pueden cometer delitos políticos; por tanto todos los presos son presos comunes y deben ser tratados por igual. Pero los sucesivos gobiernos socialistas y populares se han empeñado en colocar la lucha contra el terrorismo en una situación de excepcionalidad, al margen del combate contra el crimen en general y la han situado a merced de contiendas y vaivenes políticos. Ni tanto ni tan calvo; ni podemos dar por muerta ni vencida a ETA, que se limitó a anunciar el cese de las acciones ofensivas, reservándose el derecho a mantener sus arsenales y a financiarse, ni aplaudir engendros como la Ley de Partidos o el cierre de medios de comunicación como Egin y Egunkaria. Es paradójico que la misma formación que repetidamente se ha negado en el Parlamento a condenar la dictadura de Franco ande exigiendo a otros condenas explícitas de la violencia. Cuántas veces la excepcionalidad ha sido contraproducente. La dispersión de los presos de ETA pudo tener fines estratégicos en su momento, pero hoy es un sinsentido que da alas a sus afines. Cualquiera que haya contemplado las manifestaciones silenciosas con las fotografías de los reclusos que salen cada jueves del casco viejo de San Sebastián es consciente del poder propagandístico que para la izquierda abertzale tienen los presos. Es un error reservarse su acercamiento a cárceles vascas como carta en la manga para una eventual negociación; debería sencillamente cumplirse la Ley, que establece que las condenas de cárcel se cumplan cerca del domicilio del interesado. El victimismo es el mejor alimento del nacionalismo, lo necesita; ¿qué harían muchos en Euskadi si de repente tuvieran que competir por el trabajo y la subsistencia con docenas de recién llegados totalmente libres? ¿Entraría Marruecos en Ceuta y melilla si España abandonara esas colonias, o preferiría mantener la válvula de escape económica que supone el contrabando y el trapicheo con ambas ciudades?


No sólo la clase política cae en errores y necedades en este asunto; no se libra la judicatura. Es comprensible el enfado de la presidenta de la Asociación de Víctimas del Terrorismo, Ángeles Pedraza, con la Audiencia Nacional, que tardó pocas horas en reunir su pleno para aplicar la sentencia de Estrasburgo y excarcelar a la etarra Inés del Río, condenada a casi cuatro mil años de cárcel, en un país donde los casos judiciales mueren de aburrimiento y los instructores padecen síndrome de Diogens acumulando ex pedientes de cientos y miles de folios.

Insisto, en la excepcionalidad está el problema. Háganse leyes justas que castiguen los daños a la vida por encima de los daños a la propiedad y entre éstos más a los cometidos desde posiciones de poder que a los de subsistencia. Para cuando las víctimas pertenezcan a las fuerzas de seguridad o representen a los poderes de la Administración ya existe el delito de atentado a la autoridad, que se va extendiendo a profesionales sanitarios y educadores. Dejemos las doctrinas a los catecismos.
Henri Parot, en cuyo honor fue bautizada una doctrina legal



1 comentario:

Francisco Silvera dijo...

Te nombro Ministro de casi todo. Dónde está la prensa de este país, ¿y la Ilustración que no llegó? Menos mal que hay gente como tú, y lo cortés no quita lo caliente: yo no condenaría a penas sino a rehabilitación real, hasta que no se salga de prisión preparando Notarías o el MIR, o Judicatura, mira por dónde, no hay calle. Pero ese tema es para otro día; un abrazo, Freddy, que te debemos mucho algunos.